Miradas de reportero
Por Rogelio Hernández Lópèz
Como en la mayoría de los casos en que fallece una buena persona, la mala noticia cunde rapidamente entre sus circulos de amistad y de trabajo. Así ocurrió con Omar Raúl desde la noche del martes 3 de mayo, Dia Internacional de la Libertad de Expresión.
Entre periodistas, muchísimos conocimos y tratamos a Omar Raúl Martínez desde la Fundación Manuel Buendía, a la que ingresó desde joven para hacer tareas de acompañamiento de Miguel Ángel Sánchez de Armas, presidente fundador.
Omar Raúl hizo mucho por preservar la memoria del columnista asesinado en 1984, sobre la marcha aprendió mucho de teorías del periodismo y unió esfuerzos con periodistas activos y comunicologos para estimular las buenas prácticas del periodismo.
Paulatinamente Omar Raúl se incorporó al ambiente académico, como ensayista y docente y aunque nunca reporteo en diarismo o medios comerciales, una corriente de periodistas afines a la ética periodística lo considerabamos uno de los nuestros.
Por esas y otras razones si importa que se amplíe la percepción de lo que era y pensaba Raúl Martínez Sànchez. Con los libros que coordinó o que escribió, con sus ensayos y sus clases puso sus granos de arena para hacer crecer una corriente de periodistas y académicos, que poco a poco trata de construir otro modelo de comunicación social que respete más la libertad de expresión y que cambie el tipo de relaciones de los periodistas con los poderes y con la sociedad.
Entre las reacciones y comentarios bien intencionados que provocó su precoz fallecimiento (a los 50 años 8 meses de nacer) destacó el reconocimiento público que le hizo la Asociación Civil, Casa de los Derechos de Periodistas (CDP), de la que fue uno de sus 14 fundadores y primer Presidente.
El comunicado de la CDP dice:
Nuestro compañero y amigo Omar Raúl Martínez Sánchez lamentablemente falleció la noche de este martes, los asociados y amigos de la CDP estamos profundamente consternados, por la ausencia que deja el primer presidente de esta Asociación (2010-2011).
Martínez Sánchez curso la licenciatura en Periodismo y Comunicación Colectiva en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), con estudios de posgrado en Derecho de la Información.
Era una periodista comprometido y honesto, profesor de varias generaciones de la Facultad de Estudios
Superiores (FES), Acatlán y en la maestría de Periodismo Político de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García.
Además en los últimos 23 años se dedicó al estudio y análisis de los medios de comunicación y periodismo, también a la actividad editorial. Era presidente de la Fundación Manuel Buendía, director de la Revista Mexicana de Comunicación entre varias de sus actividades.
Fue coautor de varias obras, entre las que se encuentran: Apuntes para una historia de le televisión mexicana; De reporteros; Análisis y testimonios de la Libertad de Expresión en México; Retratos de Manuel Buendía.
Aunque no estará presente, siempre permanecerá en nuestro corazón.
Descanse en paz.
OMAR RAÚL Y ALGO DEL DERECHO A LA PRIVACIDAD
La Revista Mexicana de la Comunicación dejó de aparecer por una larga temporada, entre otras cosas por las recurrentes crisis de salud de quien la dirigió desde su fundación. En marzo de 2016 apareció impreso y en línea el número de una nueva época pero ya bajo la tutela de la Universidad Autónoma Metropolitana plantel Cuajimalpa. Omar la dejó en buena custodia. En esa ediciòn apareció su ensayo más reciente de (quizá su último texto académico) con el titulo: “El derecho a la privacidad en México”. Escribió:
Ese derecho, en principio, está tutelado por el artículo 6º constitucional al prescribirla como límite a la libertad de expresión (“La libertad de expresión tiene como límite el respeto a los derechos de terceros”).
En la misma perspectiva, el artículo 7º constitucional refiere: “La libertad de imprenta tiene como límite respetar la vida privada”. Adicionalmente, el artículo 16º la regula como sigue: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
En forma complementaria, la Ley de Imprenta refiere como hipótesis normativa lo que pudiera ser un ataque a la vida privada: “Toda manifestación o expresión maliciosa hecha verbalmente o por señales en presencia de una o más personas, o por medio de manuscrito, o de la imprenta (…) o de cualquier otra manera (…) exponga a una persona al odio, desprecio o ridículo, o pueda causarle demérito en su reputación o en sus intereses”.
La Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal define en su artículo 9º: “Se materializa al momento que se protege del conocimiento ajeno a la familia, domicilio, papeles o posesiones; y todas aquellas conductas que se llevan a efecto en lugares no abiertos al público, cuando no son de interés público o no se han difundido
por el titular del derecho” (…)
En otras palabras: la vida privada es el ámbito reservado al que tiene derecho un individuo para mantener sin intromisiones y fuera del conocimiento y difusión públicas todas y cada una de sus actividades, expresiones, datos y conductas personales o íntimas.
Hasta ahí el razonamiento literal de Omar Raúl sobre el derecho a la intimidad. Él lo preservaba muy bien; por ejemplo pocos supieron porqué se distanció de Sánchez de Armas, o porqué añadió el nombre de Omar al de Raúl, como lo registraron legalmente; tampoco se supo mucho del mal que lo aquejó y lo fue postrando, ni de los muchos sufrimientos y carencias por sus crisis crecientes. El periodismo fue tema y pasión persistente en Omar Raúl. Era de los nuestros.