Impulsa presidenta de la Mesa Directiva de la LXV Legislatura local reforma al artículo 23 de la Constitución local
Oaxaca, Oax,17 de abril de 2023 .- La presidenta de la Mesa Directiva de la LXV Legislatura local, Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz propuso una reforma constitucional para impedir que deudores alimentarios puedan acceder a candidaturas de elección popular en Oaxaca.
Por lo cual presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
Consideró que la obligación de dar alimentos ya se encuentra en la legislación, y es necesario reforzar las consecuencias en caso de incumplimiento de las mismas, generando sanciones más estrictas, con la finalidad de garantizar que las niñas, niños y adolescentes tengan lo necesario para su mejor desarrollo.
La integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura enfatizó que en el ámbito del servicio público, es fundamental que las personas que aspiren a un cargo de elección popular sean íntegras en todos los sentidos.
“Resulta necesario que las personas que aspiren a un cargo de elección popular estén al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones, siendo la más importante el pago de la pensión alimenticia que les corresponda por lo que es importante que se asegure el cumplimiento de tal obligación”, sostuvo.
Manifestó como oportuno incorporar al marco jurídico como requisito indispensable para acceder a candidaturas de puestos de elección popular, que las personas postulantes no hayan sido condenados por delito doloso y mediante resolución firme por delitos cometidos por razones de género, por violencia familiar.
Y sobre todo – apuntó- no estar inscrito como persona alimentaria morosa en cualquier registro oficial a menos que acredite estar al corriente en el pago, cancele en su totalidad la deuda, o bien, tramite el descuento pertinente ante las instancias que así corresponda.
De donde, Vázquez Ruiz propuso reformas al artículo 23 de la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Oaxaca, para incentivar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias.
La Reforma
Solo podrán participar en los procesos electorales en calidad de candidata o candidato a alguno de los cargos de representación popular, aquella ciudadana o ciudadano que no haya sido condenado por delito doloso y mediante resolución firme por delitos cometidos por razones de género, por violencia familiar; por delitos sexuales y no estar inscrito como persona alimentaria morosa en cualquier registro oficial a menos que acredite estar al corriente en el pago, cancele en su totalidad la deuda, o bien, tramite el descuento pertinente ante las instancias que así corresponda, en términos de lo dispuesto en la ley de la materia.