Litigio Estratégico promueve amparo para tipificar como delito los discursos de odio

“Amo matón, matarile al maricón” dice la canción de Molotov incitando a dar muerte a las personas con orientación homosexual. Un trabajador de una empresa donde laboran personas judías llevaba tatuada una cruz suástica en el cuello: fue despedido. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el despido fue conforme a la ley: los discursos de odio no están protegidos por la Constitución. A pesar de eso, en las redes sociales todos los días transitan los discursos de odio como parte de la cotidianidad: contra las mujeres, contra los indígenas, contra los grupos de la diversidad sexual.

El discurso de odio, es decir, las expresiones que promueven o justifican el odio por motivos racistas, xenófobos, de género, de orientación sexual, están más vigentes que nunca. La SCJN ha reconocido que el discurso de odio es un límite a la libertad de expresión, pero a pesar de la gravedad de la conducta no están considerados como delitos. No hay respuestas punitivas contra los discursos de odio.

En 1975, el presidente Luis Echeverría Álvarez, suscribió la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Al firmar este tratado México se obligó a tipificar como delitos toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial así como todo acto de violencia o la incitación a cometer violencia contra personas de cualquier raza o grupo de personas, incluida la financiación de ese tipo de conductas.

Pasaron 49 años y el Congreso de Oaxaca no tipificó los discursos de odio como delitos. Por eso, Litigio Estratégico Indígena A.C. promovió un juicio de amparo para obligar al Congreso de Oaxaca a tipificar como delito la difusión de ideas basadas en la superioridad de razas o en el odio racial.

El juicio de amparo fue presentado el día ocho de enero de 2024 y correspondió conocer del juicio al juez sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca. El juez federal deberá solicitar los informes al Congreso del Estado de Oaxaca y verificar si efectivamente existió la omisión legislativa absoluta. En ese caso, el Poder Judicial de la Federación ordenará al Congreso estatal que incorpore al Código Penal de Oaxaca los discursos de odio como delito.

Mariana Yáñez Unda, vicepresidenta de Litigio Estratégico Indígena A.C. informó que la promoción de este tipo de amparos contra las omisiones legislativas tiene como propósito mejorar el diseño normativo en Oaxaca. Recordó que el trabajo de Litigio Estratégico Indígena generó la Ley de Consulta Previa de Oaxaca. Es necesario –apuntó—que el legislador oaxaqueño en su tarea de legislar no se guíe por ocurrencias, sino por mandatos constitucionales y convencionales, como acontece en el presente caso.

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